Orden de captura
No te escondas más: el miedo te va a salir más caro que el juicio.
Una orden de captura no es una sentencia. Revisamos tu expediente y llegas el día que te presentas con tu abogado al lado.
01
Si no hay sentencia: te pones a disposición, se pide fecha para el juicio y te defiendes desde ese día.
02
Si te detienen en un control: lo que digas en ese minuto lo vas a escuchar leído en tu audiencia.
03
El caso de Jaén: tenía orden de captura y lo habían declarado reo contumaz. Se levantaron las órdenes, fue absuelto y la Sala lo confirmó.

“Antes de decirte nada, leo tu expediente completo. Así sabes qué va a pasar el día que te presentes.”Dr. Héctor Saucedo Herrera · Abogado penalista · CAL 71801

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